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El divorcio es un proceso legal que pone fin a un matrimonio, permitiendo a ambas partes continuar con sus vidas de manera independiente. En Chile, existen diversas causales para solicitar el divorcio, ya sea de manera unilateral, de común acuerdo o por razones de culpa.

El cese de la convivencia es un requisito fundamental en el proceso de divorcio unilateral, y su fecha cierta puede ser establecida de diversas maneras, como por ejemplo a través de escrituras públicas, actas extendidas y protocolizadas ante notario, o mediante actas extendidas ante Oficial de Registro Civil.

Asimismo, la compensación económica es un mecanismo legal que busca corregir el desmedro económico que puede sufrir uno de los cónyuges tras la ruptura matrimonial, especialmente si se dedicó al cuidado de los hijos o a las labores del hogar en detrimento de su actividad laboral remunerada. En este contexto, es fundamental entender los requisitos, circunstancias y modalidades de pago de la compensación económica, así como los efectos que se producen una vez declarado el divorcio.

Abogados de familia Los Vilos: que hacer si terminó mi convivencia?

En el contexto de una demanda de divorcio unilateral, es fundamental probar el cese efectivo de la convivencia. ¿Pero cómo se puede hacer esto? Existen diversas formas de confirmar el cese de convivencia:

  1. Mediante un acuerdo entre los cónyuges en donde se regulen las relaciones mutuas y el régimen aplicable a los hijos. Este acuerdo debe constar en:
    • Escritura pública, o acta extendida y protocolizada ante notario.
    • Acta extendida ante Oficial de Registro Civil.
    • Transacción aprobada judicialmente.
  2. Si no hay acuerdo, cualquier parte puede demandar la regulación de las materias mencionadas. La fecha cierta del cese de convivencia será a partir de la notificación de la demanda.
  3. Se puede expresar la voluntad de poner fin a la convivencia mediante:
    • Escritura pública, o acta extendida y protocolizada ante notario.
    • Acta extendida ante Oficial de Registro Civil.
    • Transacción aprobada judicialmente.

¿Qué es la Compensación Económica?

¿Quieres saber sobre la compensación económica en casos de divorcio? La compensación económica es una figura legal que busca corregir la situación de desmedro económico que puede sufrir uno de los cónyuges tras el divorcio o la nulidad del matrimonio.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la Compensación Económica?

Según el artículo 61 de la Ley de Matrimonio Civil, para demandar la compensación económica se deben cumplir ciertos requisitos:

  • Uno de los cónyuges debe haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común durante el matrimonio.
  • No se debe haber desarrollado una actividad remunerada o lucrativa, o se hizo en menor medida de lo que se podía y quería, a causa de la dedicación anteriormente mencionada.
  • El divorcio o nulidad deben causar un menoscabo económico a la parte que se dedicó al hogar y/o a los hijos.

¿Cómo se determina si procede la Compensación Económica?

El artículo 62 de la Ley de Matrimonio Civil lista circunstancias que el juez debe considerar al determinar la procedencia de la indemnización por compensación económica:

  • Duración del matrimonio y vida en común.
  • Situación patrimonial de ambos cónyuges.
  • Considerar la buena o mala fe.
  • Edad y estado de salud de los cónyuges.
  • Situación en materia de beneficios previsionales.
  • Cualificación profesional y posibilidades de acceso al mercado laboral.
  • Colaboración del cónyuge más débil en las actividades lucrativas del otro.

¿Cómo se fija el monto de la Compensación Económica?

¿Quieres saber cómo se determina el monto de la compensación económica? Los cónyuges pueden acordar el monto por escritura pública o en un acta de avenimiento aprobada por el tribunal. Si no hay acuerdo, el juez determinará la procedencia y el monto de la compensación económica.

¿Cuáles son las modalidades de pago de la Compensación Económica?

En el caso de que se haya otorgado la compensación económica, el juez establecerá la forma de pago. Las modalidades de pago son:

  • Dinero: se puede dividir en cuotas, consideradas como alimentos para efectos de su cumplimiento.
  • Acciones u otros bienes.
  • Constituciones de derechos reales sobre bienes propiedad del cónyuge deudor.

¿Cuáles son los efectos del Divorcio?

¿Te preguntas qué sucede después de que se declara el divorcio? Una vez que la sentencia de divorcio se encuentra ejecutoriada, se producen los siguientes efectos:

  • La sentencia pone término al matrimonio.
  • Se adquiere un nuevo estado civil: divorciado.
  • Se recupera el ius connubii, desapareciendo el impedimento de vínculo matrimonial no disuelto.
  • Termina el régimen de sociedad conyugal o de participación en los gananciales.
  • Se puede solicitar la desafectación de un bien familiar por parte del propietario.
  • Cesa el derecho de demandarse alimentos y desaparecen los derechos hereditarios.
  • El divorcio no altera la filiación de los hijos comunes, ni exime a las partes de sus obligaciones para con ellos.
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